Contrato de alquiler

¿Es obligatoria la fianza en un contrato de alquiler?

 
Brian Calvo
Por Brian Calvo, Periodista. 8 septiembre 2023
¿Es obligatoria la fianza en un contrato de alquiler?

El número de personas que viven en hogares de alquiler ha aumentado en los últimos años. Actualmente, más de 3 millones de personas en España residen en una vivienda de alquiler. La mayoría de estos pisos que están en alquiler pertenecen a particulares o a empresas que poseen una o dos viviendas con las que obtienen rentabilidad por ellas. Si optas o necesitas alquilar uno, es importante que sepas todo sobre la gestión de la fianza.

Y es que una de las condiciones que más suele interesar a una persona que tiene la intención de alquilar un piso como vivienda habitual, además del importe exacto mensual a abonar referente a la renta por alquiler, es el pago de una fianza que corresponde al importe de una o varias mensualidades del alquiler del inmueble. Para descubrir si es obligatoria la fianza en un contrato de alquiler, para qué sirve y cómo se recupera, en unCOMO te recomendamos que sigas leyendo este artículo.

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Índice
  1. Qué es la fianza y para qué sirve
  2. ¿Se puede alquilar un piso sin fianza?
  3. Cómo se recupera la fianza

Qué es la fianza y para qué sirve

La fianza es un importe metálico en concepto de depósito que la persona que entra a vivir a un piso de alquiler, es decir, el inquilino, debe abonar al propietario cuando se formaliza el contrato de alquiler. Cuando el propietario recibe el importe, está obligado a depositarlo en el organismo correspondiente hasta que finalice la vigencia del contrato de arrendamiento.

Este organismo depende del lugar donde se localice la vivienda, ya que es una competencia de las Comunidades Autónomas. El objetivo de la fianza es que sirva como garantía para el cumplimiento de las obligaciones del inquilino. En el caso de ser así y que las haya cumplido, cuando llegue el momento de la conclusión del contrato de arrendamiento, el propio arrendador debe devolver al arrendatario el importe pagado en concepto de fianza.

Para llevar a cabo esta devolución, tiene que solicitar al organismo público correspondiente el reintegro del importe que depositó en su momento en concepto de fianza. Pero si en el transcurso del tiempo de vigencia del contrato de alquiler, el inquilino incurre en algún incumplimiento de sus obligaciones, como sería un impago o causar desperfectos en la vivienda alquilada, el propietario tiene el derecho a no devolver el total de la fianza o parcialmente, siempre y cuando justifique las cantidades retenidas.

Los seguros de hogar tienen un objetivo parecido al de la fianza, ya que protegen los intereses de los propietarios ante posibles destrozos ocasionados por los inquilinos.

¿Es obligatoria la fianza en un contrato de alquiler? - Qué es la fianza y para qué sirve

¿Se puede alquilar un piso sin fianza?

Según lo establecido por el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la exigencia de una fianza en metálico es obligatoria. Por lo tanto, no se puede alquilar un piso sin fianza. Esta exigencia se debe a que la fianza tiene como finalidad la protección del arrendador ante los posibles incumplimientos por parte del arrendatario.

Con este importe extra que recibe, el propietario de la vivienda podría cubrir los posibles daños ocasionados en el alquiler del inmueble. De esta manera, volverá a disponer de ella en un perfecto estado tras la finalización del contrato de arrendamiento.

En aquellos casos en los que el arrendador no esté dispuesto a cobrar una fianza al arrendatario por razones personales, como familiares o de simple afinidad, su decisión se podrá reflejar en el contrato de alquiler. No obstante, el propietario tiene la obligación de ingresar el importe correspondiente en el organismo oficial de su comunidad autónoma. De no hacerlo, puede enfrentarse a sanciones por parte de la Administración.

¿Es obligatoria la fianza en un contrato de alquiler? - ¿Se puede alquilar un piso sin fianza?

Cómo se recupera la fianza

Cuando se extingue un contrato de arrendamiento, el individuo arrendador o su representante pueden solicitar la devolución de la fianza o una actualización de esta, depositada mediante un procedimiento presencial o telemático en la entidad colaboradora.

El procedimiento a seguir dependerá del organismo oficial de la comunidad autónoma en la que se encuentre la vivienda, pero por lo general:

  • Si la fianza se depositó telemáticamente, solo se podrá solicitar la devolución de la fianza de forma telemática.
  • Si la fianza se depositó presencialmente en la entidad bancaria colaboradora, se debe recuperar también de manera presencial en cualquier oficina de la misma entidad bancaria donde fue depositada, hasta que se lleve a cabo el desarrollo de la segunda fase del procedimiento telemático. En esta segunda fase, ya se podrá solicitar la devolución telemática pese a que el depósito fuese presencial en el banco.

Qué pasa si el casero no devuelve la fianza

En el caso de que el inquilino considere que ha cumplido con todas sus obligaciones contractuales, pero el casero se niegue a realizar una devolución total o parcial de la fianza del alquiler, es aconsejable intentar en primera instancia una negociación amistosa entre las dos partes. Es decir, tratar de llegar a un acuerdo para efectuar la devolución de la fianza.

Si la negociación es infructuosa, como inquilino puedes enviar un burofax al propietario del inmueble solicitando la devolución de la fianza. Es importante que indiques el inicio de las acciones judiciales oportunas en caso de no ser devueltas las cantidades correspondientes, con el objetivo de recuperar el dinero pagado en concepto de fianza del arrendamiento.

Si la negociación amistosa y el envío del burofax han sido insuficientes para llegar a un acuerdo y como inquilino deseas recuperar la fianza, necesitas acudir a la vía judicial para la reclamación de las cantidades debidas. En este sentido, es esencial contar con el asesoramiento legal de un experto en materia de viviendas y arrendamientos.

Ahora que ya sabes si es obligatoria la fianza en un contrato de alquiler, también te puede interesar este otro artículo de unCOMO sobre la Hipoteca fija o variable: diferencias y beneficios de cada una.

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