Una nueva instrucción del Ministerio de Trabajo, que se ha publicado recientemente en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ha indicado que las personas beneficiarias de prestaciones por desempleo que reciban cantidades indebidas inferiores a los 18 euros no estarán obligadas a devolverlas. Con dicha medida, se busca optimizar la gestión administrativa del propio SEPE y así evitar cobros por importes residuales.
Tal y como indica el artículo 2 de la orden TES/293/2025, las personas sin empleo no tendrán que devolver las cuantías cobradas de forma indebida cuando la propia cuantía de la deuda sea inferior al 3% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

TES/293/2025
¿Cuándo el SEPE no perdona las deudas?
- Se pueden perdonar algunas deudas pequeñas:
- Como hemos explicado, el SEPE puede perdonar deudas que sean inferiores a 18 euros
- Aunque existe la excepción de que te reclamen dichas cantidades, si la persona que debía el dinero ha fallecido y la deuda pasa a los herederos, el límite asciende hasta los 120 euros
- Si la deuda aumenta hasta los 120 euros, se abrirá un proceso para reclamar el dinero.
2. El SEPE puede acumular varias deudas pequeñas en una que sea más grande
- Solo se aplica si las deudas recae sobre la misma persona
- Si una misma persona tiene varias deudas pequeñas y aún no ha reclamado, el SEPE puede sumarlas con otras más grandes
3. El SEPE se centra en deudas más importantes
- Con esta nueva norma, el SEPE puede dedicar más recursos a recuperar deudas más grandes en lugar de perder el tiempo con cantidades pequeñas
- No obstante, hay destacar que si una persona acumula varias deudas pequeñas sumadas superan el límite, sí que se podrían reclamar en el futuro