Este domingo Antonio Rudiger ha publicado un mensaje en sus redes sociales y donde pide disculpas por lo sucedido anoche en los instantes finales de la final de la Copa del Rey. Especialmente se disculpa con el colegiado al que lanzó un hielo, algo que Ricardo de Burgos recogió así en el acta arbitral: "En el minuto 120 el jugador (22) Rüdiger, Antonio fue expulsado por el siguiente motivo: Por lanzar un objeto desde el área técnica sin llegar a alcanzarme. Tras ser enseñada la tarjeta roja, tuvo que ser sujetado por varios miembros del cuerpo técnico, mostrando una actitud agresiva."
Pero esté arrepentimiento del alemán no tendrá incidencia alguna en la sanción que le imponga el juez único de competiciones no profesionales esta próxima semana.
El artículo 10 del Código Disciplinario relativo a las circunstancias atenuantes recoge literalmente el “arrepentimiento espontáneo”. Y realizarlo doce horas después no se puede considerar espontáneo. Está el precedente esta misma temporada en la expulsión del jugador del Leganés, Óscar Rodríguez, con Yeremy Pino, jugador del Villarreal. El futbolista pepinero pidió perdón por su agresión días después y no fue aceptado.
O cuando Correa insultó a Cuadra Fernández tras su expulsión ante el Getafe. También pidió disculpas pero no se consideraron porque no fueron espontáneas.
Varios son los escenarios a los que se expone el alemán. Lo más normal es que sea considerado como una actitud de violencia leve hacia los árbitros según el artículo Artículo 101 que dice: " Agarrar, empujar o zarandear, o producirse, en general, mediante otras actitudes hacia los/as árbitros/as que, por sólo ser levemente violentas, no acrediten ánimo agresivo por parte del/de la agente, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos."
Este artículo podría llegar a aplicarlo en grado medio dada la reacción posterior del futbolista o considerarlo como una reacción distinta en cuyo cayo podría exponerse a otros cuatro partidos si lo consideran como una conducta contraria al buen orden deportivo grave, otros dos si se entiende como protesta o de uno a cuatro si lo consideran como conducta contraria al buen orden deportivo.
Si nos basamos en el precedente por la expulsión de Vinicius en Mestalla donde también tuvo ser sujetado al ser expulsado por Soto Grado y no influyó en su castigo final, lo más lógico es que sean cuatro encuentros, que al ser grave, empezaría a cumplir el próximo fin de semana ante el Celta y posteriormente en el clásico de Liga en Barcelona, Mallorca y Sevilla. No podría volver hasta la última jornada.
Sólo en el caso de que el Juez interprete todo lo sucedido como una actitud de menosprecio hacia el colegiado, y según el artículo 123, entonces la sanción máxima sería de hasta cuatro encuentros que no cumpliría hasta la próxima temporada en la Copa:" Dirigirse a los/as árbitros/as, directivos/as o autoridades deportivas en términos o con actitudes de menosprecio o de desconsideración siempre que la acción no constituya falta más grave, se sancionará con suspensión de dos a tres partidos o por tiempo de hasta un mes."
Precisamente este artículo es al que se expone Bellingham y que podría ser más de un partido por reincidencia. Pero siempre la cumpliría en Copa. Lo mismo que Lucas Vázquez que será castigado con dos partidos por sus protestas.