Ni los 70 ni los 80: así establece la DGT el límite de edad para poder renovar el carnet de conducir en España

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La Dirección General de Tráfico ha reducido el plazo máximo para renovar el carnet de conducir

Carnet de conducir para mayores de 65 años

Ni los 70 ni los 80: así establece la DGT el límite de edad para poder renovar el carnet de conducir en España

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Tan cierto es que toda persona que apruebe el examen de conducir es apto para llevar un vehículo en la carretera, como reconocer que a medida que avanzan los años, perdemos capacidades físicas y cognitivas. Menos reflejos, tiempos de reacción más tardíos y otros factores que influyen al volante. 

La Dirección General de Tráfico (DGT) establece que no hay una edad máxima en que se prohíbe conducir. Pese a ello, la DGT ha aprobado un cambio recientemente que tiene que ver precisamente con el plazo de renovación. 

¿Hasta qué edad puedo renovarme el carnet de conducir?

Teniendo en cuenta, pues, que no hay edad máxima donde se prohíbe conducir, la DGT sí que establece algún límite en la renovación del permiso. Es decir, a partir de los 65 años de edad se aumenta la periodicidad con la que se debe renovar el permiso.

Una vez se aprueba el carnet de conducir, el permiso se renueva cada 10 años. Pese a ello a partir de los 65, la periodicidad de renovación se reduce como medida de control para asegurar una mejor seguridad al volante. Y afecta de la siguiente manera:

  • Cada 5 años: para permisos de coches, motos y motocicletas (AM, A1, A2, A, B) y licencias de conducción.
  • Cada 3 años: para permisos profesionales de autobuses y camiones (C, C1, D, D1, EC, EC1, ED, ED1…). 
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En resumen, el seguir conduciendo no depende de la edad, sino de las capacidades. De hecho, el reconocimiento médico es igual para todos los conductores, sin importar lo que ponga en el DNI. Eso sí, la DGT no descarta ir bajando el periodo de validez del carnet, si se va agravando la situación en las carreteras con el tiempo.

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